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Comunicación a la TGSS del nuevo concepto retributivo «Gastos de Teletrabajo»

Comunicación a la TGSS del nuevo concepto retributivo «Gastos de Teletrabajo»

Las empresas que tengan trabajadores que realicen funciones laborales en la modalidad teletrabajo, deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), dentro de las retribuciones de cada uno de ellos, un nuevo concepto retributivo 0062 “GASTOS DE TELETRABAJO”.

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