
En función del denominado “principio de unidad de empresa”, el convenio colectivo aplicable en una empresa ha de ser el que corresponda a la actividad principal de la misma. Si una empresa desarrolla una o más actividades, el convenio aplicable sería el de la principal (la actividad que suponga mayor facturación). Un cambio en esta actividad principal implicaría necesariamente un cambio de convenio de existir otro en cuyo ámbito funcional pase a encuadrarse de manera más específica.