
El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) en una interesante Resolución de 23 de noviembre de 2021 de unificación de criterio, ha establecido que debe permitirse al ex-cónyuge que satisface la totalidad de las cuotas del préstamo hipotecario practicarse la deducción por adquisición de vivienda por la totalidad de lo pagado, aun cuando solo sea propietario del 50% de la vivienda.