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En caso de despido ¿Es necesario entregar copia de la carta a los representantes legales de los trabajadores?

En caso de despido ¿Es necesario entregar copia de la carta a los representantes legales de los trabajadores?

La entrega de la carta a los representantes legales no se exige en los despidos objetivos por ineptitud sobrevenida del trabajador o por falta de adaptación a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo. Tampoco lo es en caso de despido disciplinario, salvo que el convenio establezca lo contrario.

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