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La Dirección General de Tributos se pronuncia sobre la disolución del condominio y la deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF

La Dirección General de Tributos se pronuncia sobre la disolución del condominio y la deducción por inversión en vivienda habitual en IRPF

La Dirección General de Tributos ha señalado que se podrá aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual al 100 % aquel copropietario que, teniendo ya derecho a aplicar el régimen transitorio de dicha deducción, hubiese adquirido por disolución del condominio el resto de la titularidad del inmueble con posterioridad a 1 de enero de 2013.

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