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Los trabajadores en general ¿tienen permiso retribuido para ir a vacunarse? ¿Y lo efectos secundarios, se considera baja por IT?

Los trabajadores en general ¿tienen permiso retribuido para ir a vacunarse? ¿Y lo efectos secundarios, se considera baja por IT?

La Unión Sindical Obrera ha remitido un escrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social para que promueva las modificaciones legislativas necesarias y urgentes para garantizar la asistencia a la vacunación contra la COVID-19 como un permiso retribuido. Por otro lado, si alguno de los trabajadores coge la baja por los efectos secundarios que le ha ocasionado la vacuna del coronavirus, dicha IT no se asimila a accidente de trabajo y será una baja por contingencias comunes ordinaria.

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