
Se ha publicado la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, donde se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas. En esta nueva lista se mantienen países y territorios que ya figuraban en la lista del Real Decreto 1080/1991 y, como novedad, se incorporan los siguientes: Barbados, Guam, Palaos, Samoa Americana, Trinidad y Tobago y Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (offshore business).