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Problemática del usufructo de acciones en las sociedades de capital

Problemática del usufructo de acciones en las sociedades de capital

El usufructuario no tiene la cualidad de socio. La regla general es que tan solo goza del derecho al cobro de los dividendos, pero a ningún otro más. No ejerce derechos políticos. Esta es la regla general, dejándose la puerta abierta a la fijación de otros regímenes en los estatutos de la sociedad.

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