
La nueva norma velará por el equilibrio entre la libre competencia y la garantía de los derechos de las personas trabajadoras desplazadas. Será obligatoria la aplicación de la mayor parte de la legislación laboral del Estado de acogida a los desplazamientos superiores a 12 meses. Se establece el principio de igualdad de remuneración y de trato entre personas trabajadoras desplazadas cedidas por ETT y las de la empresa usuaria del Estado de acogida. La aplicación de los convenios sectoriales se amplía a todas las personas desplazadas, y no solo a las que trabajan en el sector de la construcción.