
Con el fin de la obligatoriedad del uso de las mascarillas regulado en el Real Decreto 286/2022 de 19 abril, se presenta un nuevo panorama con muchas dudas interpretativas que la propia norma no aclara. Solo se indica que los servicios de prevención serán los que decidan en que puestos de trabajo hay que llevar mascarilla y en cuáles no. Por ello, recientemente se ha actualizado el «Procedimiento para la actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la Exposición al Sars-Cov-2» en el que se recogen los criterios que los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales deben tener en cuenta a la hora de realizar en informe de evaluación de riesgos.